DEVENGADOS
Los valores devengados de la nómina son:
·
Salario
básico mensual, asignado en el contrato de trabajo.
·
El
recargo nocturno si la jornada o parte de ella se cumple durante la noche.
·
Las
horas extras diurnas y extras nocturnas.
·
Los
días dominicales y festivos, como las horas extras diurnas y nocturnas en
dominicales de transporte, tiene la naturaleza de un auxilio económico con
destinación específica y por mandato de la ley se debe incorporar al salario
única y exclusivamente para efectos de liquidación de prestaciones.
·
Los
viáticos de carácter permanente en aquella parte destinada a proporcionar al
trabajador manutención y alojamiento; pero no es lo que tenga por finalidad
proporcionar los medios de transporte o los gastos de representación.
·
Los viáticos ocasionales no constituyen
salario en ningún caso.
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