martes, 10 de mayo de 2016

REFUERZO GUIA 1 MARILUZ FEO



INCAPACIDADES SEGUN EPS Y ARL





El empleador es quien debe pagar al trabajador las licencias e incapacidades y además realizar los trámites pertinentes ante las EPS o ARP según sea el origen de la incapacidad.
Cuando un trabajador se incapacita o recibe una licencia de maternidad, por ejemplo, la empresa deberá pagar esos conceptos directamente al trabajador y luego repetir contra la EPS o ARP según corresponda. Igualmente le corresponde al empleador hacer los trámites necesarios, allegar los documentos requeridos para que las EPS o ARP reconozcan las incapacidades o licencias en cuestión. Si el empleador no lo hace, el perjudicado no será el trabajador pues a este la empresa ya le ha debido pagar los conceptos del caso.
La única obligación que tiene el trabajador es reportar al empleador cuando se expida una capacidad o una licencia, por lo que, como es natural, si el empleador no es informado de la existencia de una licencia o incapacidad no puede responder por lo que desconoce.

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