INCAPACIDADES SEGUN EPS Y ARL
El empleador es quien debe pagar al
trabajador las licencias e incapacidades y además realizar los trámites
pertinentes ante las EPS o ARP según sea el origen de la incapacidad.
Cuando un trabajador se incapacita o recibe
una licencia de maternidad, por ejemplo, la empresa deberá pagar esos
conceptos directamente al trabajador y luego repetir contra la EPS o ARP según
corresponda. Igualmente le corresponde al empleador hacer los trámites
necesarios, allegar los documentos requeridos para que las EPS o ARP reconozcan
las incapacidades o licencias en cuestión. Si el empleador no lo hace, el
perjudicado no será el trabajador pues a este la empresa ya le ha debido pagar
los conceptos del caso.
La única obligación que tiene el trabajador
es reportar al empleador cuando se expida una capacidad o una licencia, por lo
que, como es natural, si el empleador no es informado de la existencia de una
licencia o incapacidad no puede responder por lo que desconoce.
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