LEY DE ACOSO LABORAL
Toda
conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado por parte de un
empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de
trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y
angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o
inducir la renuncia del mismo.
MODALIDADES:
· Maltrato laboral – violencia
física o verbal
Persecución laboral.- actos
reiterado-arbitrarios.
· Discriminación laboral.-
trato diferente.
· Inequidad laboral.- funciones- remuneración.
· Entorpecimiento laboral.- obstaculizar.
· Desprotección laboral. Ordenes no adecuadas.
· Actos de irrespeto a la
dignidad humana contrario a disciplina y subordinación laboral, ocasión del
trabajo, riesgo laboral- seguridad social.
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