martes, 10 de mayo de 2016

Fuerza Mayor O Caso Fortuito Angelica Lozano

FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO



Cuando se trata de responsabilidad civil, existen eximentes de responsabilidad las cuales en un proceso se pueden alegar, como por ejemplo la fuerza mayor y el caso fortuito que según lo establecido en el código civil es un imprevisto que no se puede resistir.
Bajo los preceptos de lo que establece el código civil en su artículo 64 que fue subrogado por la ley 95 de 1890 artículo 1, si algo es predecible no se considera fuerza mayor o caso fortuito, además de que se requiere que no sea previsible debe ser imposible de resistir.

Que es algo imprevisto, el mismo código civil en el artículo 56 habla de un terremoto; en cuanto a la imposibilidad de resistir es algo que se le sale al ser humano de sus manos que no puede controlar




Angelica Lozano

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